Certifico bajo pena de perjurio que las declaraciones anteriores son verdaderas y completas, y autorizo al Distrito Escolar Unificado de la Ciudad de San Bernardino a realizar una verificación de antecedentes como condición para el servicio voluntario en la escuela, según lo dispuesto por el Código de Educación de California: 45125.5
Directrices del Programa de Voluntarios del Distrito Escolar Unificado de la Ciudad de San Bernardino:
1. Inmediatamente después de mi llegada, me registraré en la oficina principal o en la estación de registro designada.
2. Los voluntarios seguirán todas las políticas, procedimientos y otras reglas establecidas en el Distrito y todas las leyes aplicables.
3. Los voluntarios deben llevar el distintivo de identificación apropiado y mostrarán la identificación de voluntario siempre que la escuela lo requiera.
4. Los voluntarios deben seguir el código de vestimenta apropiado aplicable al personal.
5. Los voluntarios no pueden fumar en ninguna instalación del SBCUSD.
6. Los voluntarios no prestarán dinero ni llevarán regalos a los estudiantes a menos que lo autorice el director de la escuela o la persona designada.
7. Los voluntarios no transportarán a los estudiantes. Por favor, no se ponga en la posición de estar solo con cualquier estudiante en cualquier vehículo.
8. Los voluntarios no tendrán acceso a los registros educativos de los estudiantes. Todos los voluntarios firmarán un acuerdo de confidencialidad.
9. Los voluntarios no fotografiarán ni grabarán a los estudiantes a menos que lo autorice el director o la persona designada.
10. Los voluntarios no vestirán, cambiarán pañales, proporcionarán ayuda para la higiene personal ni suministrarán medicamentos a los estudiantes.
11. Los voluntarios no deben intercambiar números de teléfono, direcciones de casa, direcciones de correo electrónico, o cualquier otra información del directorio de casa con los estudiantes para cualquier propósito a menos que se requiera como parte de su papel como voluntario.
12. Los voluntarios utilizarán las medidas de precaución universales para evitar el contacto con fluidos corporales.
13. Los voluntarios utilizarán únicamente los baños designados para adultos.
14. Los voluntarios pueden vigilar el comportamiento de los estudiantes; sin embargo, si una situación es grave, el voluntario debe buscar la ayuda inmediata del personal de la escuela.
15. Los voluntarios no discriminarán ni acosarán a ninguna persona e informarán de todo acoso o discriminación que observen, de acuerdo con la política del Distrito.
16. Los voluntarios no registrarán a los estudiantes o la propiedad de los estudiantes.
17. Los voluntarios no ordenarán a un estudiante que se quite un emblema, insignia o prenda, incluyendo un emblema, insignia o prenda religiosa. Si el voluntario cree que la ropa de un estudiante es perturbadora o promueve un comportamiento inapropiado, el voluntario se pondrá en contacto con un miembro del personal inmediatamente.
18. Los voluntarios deben reportar los casos sospechosos de abuso o negligencia al administrador de la escuela o al personal profesional.
19. El administrador de la escuela o la persona designada proporcionará la capacitación adecuada a todos los voluntarios.
Acuerdo de confidencialidad de los voluntarios
Toda la información de los estudiantes debe ser tratada de forma confidencial. Compartir la información de los estudiantes con otros puede ser una violación de la ley. No le prometa a un estudiante que mantendrá la confidencialidad de cualquier información que tenga que ver con el bienestar del estudiante y que le proteja de violar la ley. Aunque el estudiante es libre de compartir información confidencial con usted, hay ciertas cosas que usted está obligado por ley a decirle al administrador del plantel. Cualquier información personal obtenida de un estudiante debe mantenerse en la más estricta confidencialidad, excepto
1. Si un estudiante confía que es víctima de abuso sexual, emocional, químico o físico.
2. Si un estudiante confía que está involucrado en cualquier actividad ilegal.
3. Si un alumno confiesa que está contemplando la posibilidad de cometer un homicidio o un suicidio.
En caso de que se produzca una de estas excepciones, la ley le obliga a informar inmediatamente al administrador de la escuela... Anota en tu calendario cuándo se comunicó esta información y a quién se la dio. Recuerda que esta información es extremadamente personal y capaz de dañar vidas, así que no la compartas con nadie excepto con las autoridades competentes. Si tiene alguna duda, pregunte a un administrador. Cualquier necesidad del estudiante que se comunique al voluntario debe ser remitida al personal apropiado.
Entiendo que en el transcurso de mi tiempo como voluntario con el Distrito Escolar Unificado de la Ciudad de San Bernardino, puedo llegar a conocer información confidencial sobre estudiantes específicos. Esta información puede incluir información como el rendimiento académico de los estudiantes, el comportamiento, las discapacidades y los modales relacionados. Entiendo y estoy de acuerdo en que no revelaré dicha información confidencial, excepto a los empleados de la escuela que tengan necesidad de conocerla.
Todo el trabajo voluntario se realiza bajo la dirección de un maestro asignado, el coordinador de voluntarios del plantel o el director/ sub-director. Los voluntarios deben cumplir con los procedimientos de registro en la escuela. Los voluntarios no reciben compensación o beneficios de empleado, excepto la compensación del trabajador según lo dispuesto en la Sección 3364.5 del Código Laboral.
He leído y estoy de acuerdo en cumplir con las directrices anteriores.